Garzón dice que la manifestación silenciosa prevista para hoy en Bilbao no es una protesta contra su actuación, sino «una clara actividad orgánica de la organización terrorista».
¿Clara? Si la cosa estuviera tan clara, Amnistía Internacional lo habría notado, con lo cual se habría abstenido de hacer público el comunicado que dio a conocer el jueves, en el que, con expresa referencia a la convocatoria de esa manifestación, insta «a las autoridades españolas y vascas a asegurar que los derechos fundamentales a la libertad de expresión y la protesta pacífica no se vean socavados». Lo habría notado Amnistía Internacional y con ella buena parte del medio millar de artistas, actores, escritores, deportistas, catedráticos y reconocidos pacifistas que hasta ahora nadie ha osado asociar a ETA y que han llamado a participar en el acto de protesta en cuestión.
Garzón dice que está clara la inspiración terrorista de la convocatoria porque -escribe- la han promovido personas «vinculadas al proyecto de ETA-Ekin-Joxemi Zumalabe».
Y aquí ya las objeciones acuden en tromba.
Para empezar, nunca se ha demostrado que el antedicho «proyecto» tenga entidad real alguna, fuera de los meandros de la fértil imaginación del propio juez. De hecho, cuando habló de ese «proyecto» en uno de los autos del interminable sumario 18/98, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional le hizo ver que no aportaba prueba alguna de su existencia, cosa que molestó mucho a los amigos del instructor, que lo defendieron alegando que las pruebas son necesarias a la hora de la condena, pero que durante la instrucción bastan los indicios. ¡Y ahora pretenden que aquello que ellos mismos admitían que no estaba probado valga para prohibir una manifestación!
Pero es que no es sólo eso. Es todo. Veamos: el escrito que el instructor remitió el jueves al Gobierno vasco insta a éste a que actúe «para prevenir la legalidad (?) y el cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes». ¿De qué resoluciones firmes habla? ¿De los autos que él mismo ha suscrito? ¿Y desde cuándo las resoluciones cautelares de un instructor deben tenerse por firmes? Ítem más: ¿en nombre de qué se permite relacionar con un entramado ilegal a los convocantes de la manifestación de hoy, que no están acusados de ningún delito? Y aunque lo estuvieran -que no lo están-: ¿es que ahora todo lo que haga una persona acusada de un delito queda contaminado ipso facto y debe ser prohibido de oficio? ¿Adónde creen que se puede llegar prescindiendo no ya sólo del Derecho, sino incluso del sentido común?
Por cierto, y ya que hablamos de autos judiciales: ¿en qué sótano los tenían aparcados cuando se convocaban manifestaciones en las puertas de la cárcel de Guadalajara para homenajear a delincuentes condenados en firme?
Javier Ortiz. Diario de un resentido social (13 de septiembre de 2002) y El Mundo (14 de septiembre de 2002). Hay algunos cambios, pero no son relevantes y hemos publicado aquí la versión del periódico. Subido a "Desde Jamaica" el 15 de enero de 2018.
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