El 5 de mayo de 1998, cinco militantes ecologistas se encadenaron a un tren que transportaba un reactor nuclear a la central de Trillo. Lo paralizaron durante dos horas. Un año después, fueron condenados en juicio de faltas a 10.000 pesetas de multa.
Los cinco ecologistas -Ladislao Martínez, José María Galante, Javier Pérez Mancha, Gustavo Alfaro y Jorge Díaz Leza- han decidido no pagar la sanción que les fue impuesta e ir a la cárcel. Han tomado esa determinación -me dicen- «como forma de protesta por la situación de indefensión legal que sufre nuestro medio ambiente». Se quejan de que la Justicia española «condena a los ecologistas y absuelve a los responsables de delitos ecológicos». Recuerdan el reciente auto judicial sobre el caso Doñana, que tanto ha escandalizado, y subrayan lo habitual que es que los procedimientos por delito ecológico acaben en absolución, en tanto las acciones de protesta ecologista merecen sistemáticamente la condena de los tribunales. No es ésta una mera afirmación suya: tienen la estadística de su lado.
Conozco a algunos de ellos ni sé ya desde cuándo. Es gente profundamente solidaria. Y sensata.
Pero hay un punto en el que no les doy la razón.
«Entendemos que nuestra acción fue ilegal y que la condena no fue desproporcionada», afirman.
Yo creo que su acción no fue delictiva. Que deberían haber sido absueltos.
El Capítulo II del vigente Código Penal, artículo 20, recoge las causas que eximen de responsabilidad. El apartado 5º del artículo en cuestión establece que no puede ser condenado «el que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno, lesione un bien jurídico de otra persona». El apartado 6º dice lo mismo de «el que obre impulsado por miedo insuperable». Y el 7º, de «el que obre en cumplimiento de un deber».
Las tres circunstancias eximentes concurren en el caso de estos cinco ecologistas. Porque ellos se vieron en la necesidad de tratar de evitar un mal colectivo, actuaron por el miedo insuperable que provoca la energía nuclear y, desde luego, lo hicieron porque tienen una elevada conciencia de su deber como ciudadanos.
Para condenarlos, el juez debería haber demostrado que las centrales nucleares no representan un riesgo para la sociedad en su conjunto. No veo cómo hubiera podido arreglárselas para lograr demostrar tal cosa.
Los cinco ecologistas no tendrían que ser encarcelados. A la cárcel sólo deben ir aquellos que tienen una deuda con la sociedad. En este caso, es la sociedad la que tiene una deuda con ellos.
Javier Ortiz. Diario de un resentido social (12 de enero de 2001) y El Mundo (13 de enero de 2011). Subido a "Desde Jamaica" el 15 de enero de 2011.
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Escrito por: iturri.2011/01/16 22:38:3.517000 GMT+1